Derecho del afiliado a recibir prestaciones ambulatorias por parte de los prestadores inscriptos en el padrón del Instituto Provincial de Atención Médica (I.P.A.M.).
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Fecha de publicación:
30/10/2003
Esfera del acto:
Provincial - Córdoba / Argentina
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